Modificación de la Ley sobre Pesca Marítima del Estado (Gobierno)
Se mejora la situación socioeconómica en los territorios donde se desarrolla la actividad pesquera y acuícola. Se crea el Registro General de la Flota Pesquera, que será el componente español del Registro comunitario. Se modifica la cédula del buque pesquero como documento identificativo por la Licencia Comunitaria que expide la Dirección General de Ordenación Pesquera. Se regula el turismo pesquero en la seguridad de la navegación y su control extractivo. Ordenación de la actividad comercial: requisitos de trazabilidad de los productos pesqueros para su comercialización. Ampliar
Fecha actualización: 5 Agosto 2014
Concluido - (Aprobado con modificaciones) desde 17/12/2014
Debate de totalidad.
Votación conjunta de las enmiendas a la totalidad de devolución al Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, presentadas por los Grupos Parlamentarios Mixto (Sra. Fernández Davila) y Catalán (Convergéncia i Unió).
Sí: 18 No: 184 Abstenciones: 107
VOTACIÓN PLENARIA del día 11/09/2014
Debate de totalidad.
Solicitud de avocación por el Pleno del Proyecto de Ley por la que se modifica la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, presentada por el Grupo Parlamentario Socialista.
Sí: 134 No: 174 Abstenciones: 0
Ley 33/2014, de 26 de diciembre, por la que se modifica la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado. (PDF)