Estatuto de la víctima del delito (Gobierno)
Con este Estatuto, España aglutinará en un solo texto legislativo los derechos y la defensa de los bienes materiales y morales de la víctima directa e indirecta (familiares o en los casos de muerte o desaparición de una persona por un delito), entendiendo como víctima directa toda persona física que haya sufrido un daño o perjuicio sobre su propia persona o patrimonio, en especial lesiones físicas o psíquicas, daños emocionales o perjuicios económicos directamente causados por la comisión de un delito.
Se incluyen protocolos de actuación por parte de las Administraciones Públicas, Poder Judicial, colectivos de profesionales y víctimas, y personas concretas que desde su puesto de trabajo tienen contacto y se relacionan con las víctimas y, en último término, al conjunto de la sociedad.
En este Estatuto se recogen ayudas específicas y medidas de protección a las víctimas menores que se encuentran en un entorno de violencia de género o violencia doméstica, las de menores de edad víctimas de abuso, explotación o pornografía infantil, víctimas de trata de seres humanos, personas con discapacidad y otros colectivos, como los delitos con pluralidad de afectados y los de efecto catastrófico.
Estos derechos serán de aplicación a todas las víctimas de delitos ocurridos en España o que puedan ser perseguidos en España, con independencia de la nacionalidad de la víctima o de si disfrutan o no de residencia legal. Ampliar
Fecha actualización: 6 Sep.14
La presente Ley entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el BOE.
Aprobado con modificaciones desde 16/04/2015
VOTACIÓN PLENARIA del día 20/11/2014. Solicitud CIU de avocación:
Sí: 137 No: 173 Abstenciones: 0
VOTACIÓN PLENARIA del día 16/04/2015
Enmiendas del Senado.
Proyecto de Ley del Estatuto de la víctima del delito.
Votación separada de las enmiendas
Enmiendas al artículo 13. Sí: 275 No: 26 Abstenciones: 4
Enmiendas al artículo 14. Sí: 306 No: 0 Abstenciones: 0
Enmiendas a la disposición adicional primera. Sí: 206 No: 92 Abstenciones: 6
Resto de enmiendas. Sí: 305 No: 0 Abstenciones: 0
VotAndo: estadística sobre 29 votos